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Preguntas Frecuentes

Cuáles son mis obligaciones como patrocinador o "sponsor"?

La responsabilidad financiera de un patrocinador por un beneficiario es un asunto serio: firmar una declaración jurada de apoyo económico obliga al patrocinador a pagar cualquier posible asistencia gubernamental futura que reciba la persona a su cargo. Este compromiso permanece vigente hasta que se haya obtenido la ciudadanía estadounidense o hayan transcurrido 40 trimestres de empleo calificados (el equivalente a aproximadamente diez años) dentro de las fronteras estadounidenses.

No gano lo suficiente para patrocinar a mi pareja, hay algo que pueda hacer?

Si no puede financiar su solicitud de visa, un patrocinador conjunto puede convertirse en un aliado invaluable. Este tipo de respaldo podría ser alguien de su familia o incluso un amigo que acepte asumir las mismas obligaciones financieras que normalmente recaerían sobre usted en caso de que se necesite ayuda del gobierno para los gastos de su esposa en el futuro.

Tengo un hijo nacido en USA y es ciudadano Americano. Podría aplicar para una Green Card?

Si usted y su cónyuge estuvieron casados ​​menos de dos años antes de la entrevista, se puede emitir una tarjeta verde condicional especial de dos años. Sin embargo, dentro de los 90 días posteriores a su fecha de vencimiento, debe presentar una petición adicional si desea obtener la tarjeta permanente estándar de diez años.

Como puedo probar que  mi matrimonio es real?

Un caso de inmigración basado en el matrimonio exitoso se construye sobre una base sólida. Los funcionarios de inmigración de los EE. UU. deben revisar su documentación y confiar principalmente en lo que usted les diga durante la entrevista, por lo que es importante que las parejas puedan demostrar la cohabitación y los problemas financieros para satisfacer todos los criterios necesarios para el éxito.

Presenté una solicitud ante el USCIS (o INS). ¿Cómo puedo saber qué está pasando con ella?

Ahora es posible verificar en línea qué está pasando con algunos casos de inmigración. Si presentó una solicitud en un Centro de Servicio del USCIS (o INS) y recibió un recibo que muestra que se recibió la solicitud, puede ir a https://egov.immigration.gov/graphics/cris/jsps/index.jsp para verificar el estado de su caso. Necesitará el número de recibo de su solicitud, que siempre tiene tres letras y diez números, y que está impreso en el formulario de recibo de su solicitud.

No tengo papeles de inmigración. Si ICE (antes INS) me encuentra, ¿pueden deportarme de inmediato?

No, si nunca antes te ha detenido ICE o INS. Actualmente, ICE puede iniciar un caso en la Corte de Inmigración contra cualquier persona sin estatus legal que no haya tenido un caso previo. Este proceso se llama “procedimiento de deportación” y permite que la persona tenga una audiencia ante un juez, donde podrá defenderse o solicitar un beneficio migratorio antes de ser deportada. ICE no puede deportar a alguien sin antes darle una audiencia.

¿Cuál es la diferencia entre un asilado y un refugiado?

Refugiados y asilados deben cumplir la misma definición legal: haber sido perseguidos o temer persecución por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social, por parte del gobierno o actores que este no puede o no quiere controlar. La diferencia es dónde se determina su estatus: los refugiados lo solicitan desde fuera de EE. UU., mientras que los asilados lo hacen una vez dentro del país.

Mi solicitud de asilo fue enviada a la Corte de Inmigración. ¿Qué sucede ahora?

Si USCIS niega su solicitud de asilo, su caso será enviado a la Corte de Inmigración, donde ICE iniciará un “procedimiento de deportación” en su contra. Esto significa que ICE considera que no tiene derecho a permanecer en EE. UU. Sin embargo, podrá solicitar asilo nuevamente ante un Juez de Inmigración y presentar su caso en una audiencia. Es altamente recomendable buscar la ayuda de un abogado de inmigración o un representante acreditado por BIA.

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